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Hostal Palomares ** H/GR/00423 Modalidad Playa C/. Fábrica Nueva, 44 Tlf: 958 610 181 info@hostalpalomares.com 18680 Salobreña Costa Tropical Granada

Conforme al Artº 25 del Decreto 13/2020, de 18 de mayo, el establecimiento dispone del siguiente Reglamento de Régimen Interno que será de obligado cumplimiento para los clientes del establecimiento. El artículo 25 del Decreto 13/2020 dispone: 1. -Los establecimientos hoteleros podrán disponer de un reglamento de régimen interior en el que se fijarán normas de obligado cumplimiento para las personas usuarias durante su estancia, sin que pueda contravenir lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, ni en el presente Capítulo. 2.-El reglamento de régimen interior estará siempre a disposición de las personas usuarias y será expuesto, al menos en castellano e inglés, en lugar visible y fácil acceso del establecimiento. Se deberá publicitar este reglamento en la página web propia del establecimiento, en el caso de existir esta. 3. Las empresas explotadoras de los establecimientos hoteleros podrán recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desalojar de los mismos a quienes incumplan el reglamento de régimen interior, incumplan las reglas usuales de convivencia social o pretendan acceder o permanecer en los mismos con una finalidad diferente al normal uso del servicio, de conformidad con lo establecido en el Artº 36.4 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

1. Los Sres. Clientes están obligados a presentar documento de identificación en el momento de su admisión en el establecimiento hotelero.

2. A todo usuario del establecimiento hotelero, antes de su admisión, le será entregado un documento de admisión que debe ser firmado obligatoriamente por el cliente, y en el que consta el nombre, categoría y número de inscripción del establecimiento, número o identificación de la unidad de alojamiento, número de personas que la van a ocupar, fechas de entrada y salida, y el precio del alojamiento si el cliente ha contratado directamente con el establecimiento hotelero. El documento de admisión, una vez firmado, será conservado por el establecimiento.

3. Obligaciones de las personas usuarias de servicios turísticos: Las personas titulares de los establecimientos podrán impedir el acceso y la permanencia en los mismos de las personas usuarias que incumplan o hayan incumplido con anterioridad alguno de los deberes siguientes (art. 36.3 y 22 Ley de Turismo 13/2011).

– Observar las reglas de convivencia e higiene dictadas para la adecuada utilización de los establecimientos turísticos.

– Respetar las normas de régimen interior de los establecimientos turísticos, siempre que no sean contrarias a la ley.

– Respetar la fecha pactada de salida del establecimiento dejando libre la unidad ocupada.

– Pagar los servicios contratados en el momento de la presentación de la factura o en el plazo pactado, sin que el hecho de presentar una reclamación implique la exención del pago.

– Respetar los establecimientos, instalaciones y equipamientos de las empresas turísticas. – Respetar el entorno medioambiental del patrimonio histórico cultural y los recursos turísticos de Andalucía.

4. El establecimiento hotelero podrá solicitar garantía previa de pago, indistintamente por cualquiera de estos medios: tarjeta de crédito, transferencia, etc., por los servicios contratados, tanto por la totalidad de la reserva como por la de los extras. El hostal podrá establecer una fianza que será devuelta, una vez revisada la habitación, excepto en los siguientes casos: alojamiento o visitas de personas no registradas o contratadas; mal estado de la habitación por roturas, suciedad excesiva o mal olor por el consumo de tabaco u otras sustancias; producir ruidos o molestias a otros clientes, sobretodo en horario nocturno; salir más tarde de la hora estipulada (12:00h). Esta fianza no excluye otras posibles acciones legales.

5. La jornada hotelera comienza a las 12:00 horas del mediodía del primer día del período contratado y finaliza a las 12:00 horas del mediodía del día señalado como fecha de salida. En fechas de máxima ocupación del establecimiento, se podrá retrasar la puesta a disposición del usuario de la unidad de alojamiento por un periodo de tiempo no superior a tres horas. Sin previo acuerdo, no se admitirá la prolongación en su ocupación por tiempo superior al contratado. Caso de que exista acuerdo se deberá abonar el importe de una jornada completa.

6. No se permitirá la estancia de dos personas en una habitación doble que se hubiera contratado como individual. En ese caso, se abonará la tarifa fijada para el uso doble. No se permiten visitas a las habitaciones. No se permite la entrada de menores que no vayan acompañados por un padre o tutor legal.

7. El establecimiento dispone de servicio de caja fuerte de seguridad para la custodia de dinero y objetos de valor, los cuales podrán ser depositados en Recepción contra recibo. El establecimiento no se hace responsable de la pérdida o sustracción de dinero u objetos de valor que no se encuentren depositados en la citada caja de seguridad.

8. El horario de limpieza de las habitaciones es de 10:00 a 14:00 horas. No hagan otro uso de las toallas de la habitación que el de la higiene personal.

9. Se establece un horario nocturno, de 23:00 a 9.00 horas, dentro del cual se deberá evitar hacer ruidos y molestar a otros clientes.

10. Se prohíbe fumar en todo el establecimiento, a excepción de lo permitido en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, así como en la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que la modifica. 11. Se prohíbe el acceso de personas acompañadas de animales sin autorización expresa del establecimiento, a excepción de las personas acompañadas de perros guías, conforme establece la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.

12. Para aquellos servicios del establecimiento destinados tanto a clientes como al público en general, se impedirá el acceso y/o la permanencia de personas, en los siguientes supuestos: a) Cuando el aforo establecido se haya completado con los usuarios que se encuentren en el interior del recinto o establecimiento. b) Cuando se haya superado el horario de cierre del establecimiento. c) Cuando se carezca de la edad mínima establecida para acceder al local, según la normativa vigente. d) Cuando la persona que pretenda acceder no haya abonado la entrada o localidad en los casos en que ésta sea exigible. e) Cuando la persona manifieste actitudes violentas, en especial, cuando se comporte de forma agresiva o provoque altercados, origine situaciones de peligro o molestias a otros asistentes. f) Cuando la persona no reúna unas condiciones mínimas de higiene. g) Cuando la persona porte armas, y objetos susceptibles de ser utilizados como tales, salvo que de conformidad con lo dispuesto en cada momento por la normativa específica aplicable, se trate de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de escoltas privados integrados en empresas privadas, y accedan al establecimiento en el ejercicio de sus funciones. h) Cuando la persona esté consumiendo drogas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, o muestren síntomas de haberlas consumido, y los que muestren signos o comportamientos evidentes de estar embriagados. Igualmente será causa de expulsión cuando ocasionen desperfectos malintencionados en las instalaciones, escándalo, bullicios, especialmente ante quejas de otros usuarios a los que perturbe su tranquilidad e intimidad.

13. En todos estos casos, el establecimiento hotelero podrá recurrir al auxilio de los Agentes de la Autoridad Policial competente.

14. No obstante, y en los casos descritos anteriormente, la persona queda obligada al abono de los gastos que haya generado hasta el momento de la prohibición de acceso o permanencia en el establecimiento.

15. Los objetos abandonados en las habitaciones permanecerán en custodia por un periodo de dos meses. No se incluirán entre los objetos a custodiar ropa interior, productos de aseo personal, alimentos o bebidas.

16. Tanto los clientes como los empleados están obligados a cumplir las normas establecidas por las autoridades sobre la prevención del COVID-19: usar mascarillas en zonas comunes; mantener la distancia de seguridad entre personas; lavarse frecuentemente las manos o usar gel hidroalcohólico; no compartir el ascensor con clientes de otras habitaciones; salir de la habitación durante los trabajos de limpieza o mantenimiento; y no introducir visitas en las habitaciones. Ante el incumplimiento de estas normas la Dirección podrá acudir a la Policía y proceder a la expulsión del cliente sin derecho a devolución del importe correspondiente a la estancia.

INFORMACIÓN Y DUDAS

17. Para cualquier tipo de dudas o cuestiones relativas al funcionamiento del hostal podrá dirigirse a nuestro personal de recepción, que le atenderá y en su caso le contactará con la persona habilitada para resolver su duda o cuestión.

INFORMACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PRESTADOS POR TERCEROS

18. Podrá informarse en recepción de excursiones, servicios y experiencias prestados por empresas ajenas a la explotadora del hostal.

19. Este establecimiento no se hace responsable de los servicios prestados por empresas ajenas a la explotadora del hostal.

20. Todas las instalaciones y servicios ofrecidos por el hostal cumplen con las medidas de seguridad estipuladas al efecto, garantizando y favoreciendo su seguridad.

CONSEJOS Y SUGERENCIAS

• Vigile y controle su equipaje. No lo deje desatendido.

• Mantenga la puerta cerrada cuando esté en su habitación.

• Cierre la puerta de su habitación al salir de ella, y trate de abrirla de nuevo para asegurarse de que está correctamente cerrada, aun cuando su ausencia sólo sea por un corto espacio de tiempo.

• Cierre su equipaje cuando no lo utilice y colóquelo en su armario. Si el equipaje tiene cerradura, úselo siempre.

• Nunca exhiba joyas, dinero u objetos de valor en su habitación.

• Notifique inmediatamente a la Dirección cualquier hecho anormal que aprecia como: personas en actitud sospechosa por el pasillo, repetidas llamadas telefónicas de personas que no se identifican, llamadas a la puerta de su habitación de personas desconocidas para Ud., o no encontrar a nadie en la puerta cuando Ud. acude a abrirla.

• Proteja la llave de su habitación. No la deje simplemente en el mostrador de Recepción, devuélvala siempre en mano cuando abandone el establecimiento hotelero. Nunca muestre la llave de su habitación en lugares públicos.

• Si olvida o extravía su llave, sólo el personal de recepción está autorizado a facilitarle una nueva llave para abrir su habitación.

• Nuestras medidas de seguridad prohíben fumar en las habitaciones y el uso de la plancha o cualquier otro aparato eléctrico susceptible de producir un incendio en las habitaciones del establecimiento hotelero.

• No se moleste si le piden en recepción que se identifique. Es por su seguridad. • Cuando establezca relaciones sociales con personas desconocidas, no revele el nombre del establecimiento hotelero ni el número de su habitación.

• Nunca permita al personal de reparaciones entrar en su habitación sin haberlo requerido o autorizado la Dirección del establecimiento hotelero.

• Nunca permita la entrada de personas en su habitación, con entregas que no han sido solicitadas.

• Nunca discuta planes específicos de futuras excursiones, salidas, etc., en público o con extraños.

• En caso de desear que le arreglen la habitación, cuelgue el aviso: “Por favor, arreglen la habitación”, en el exterior de la puerta de su habitación. Si desean que no se le moleste, cuelgue el aviso: “Por favor, no molesten”.

• No cuelgue ropa sobre la barandilla del balcón. • Si descubre algún tipo de deterioro o anomalía, póngase en contacto con recepción.

• La instalación eléctrica de su habitación es de 220 Voltios.

• Respete las zonas en las que se encuentran las habitaciones durante las horas nocturnas y de siesta, y en general, evite hacer ruido innecesariamente.

• Rogamos utilice las instalaciones adecuadamente, respetando el mobiliario y las plantas del establecimiento hotelero.

• Rogamos respete los horarios de todas las instalaciones del establecimiento hotelero.

• Agradecemos su participación en caso de que durante su estancia en el establecimiento hotelero, se practique cualquier simulacro de siniestro e evacuación.

• Algún horario puede cambiar en función de la época del año. Los datos personales de los Sres. Clientes serán tratados con fines de reserva, prestación y cobro de servicios hoteleros y en el caso de tener su consentimiento expreso, envío de información sobre ofertas y servicios propios del hotel. Pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (olvido), portabilidad de los datos, limitación y oposición a su tratamiento, con solo solicitarlo por cualquier medio al establecimiento hotelero conforme al Reglamento (EU) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica (ES) 3/2018 (LOPDGDD).

Hostal Palomares ** REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO H/GR/00423 Modalidad Playa Salobreña Costa Tropical Granada

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